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Títulos Náuticos de Recreo

TITULOS NAUTICOS: Titulaciones náuticas existentes en España para la navegación de recreo.
 
Para gobernar una embarcación de recreo es necesario tener los conocimientos adecuados y estar en posesión de la titulación náutica de recreo adecuada en función del tipo de embarcación y zona de navegación.
 
Las titulaciones náuticas de recreo existentes en España están reguladas por el Real Decreto 875/2014 del 10 de octubre de 2014 y son:
 
Navegación sin títulación náutica:

No se requiere titulación náutica alguna para navegar en embarcaciones a motor de menos de 5 metros de eslora y con una potencia no superior a los 11,26 KW (15 CV) o en embarcaciones a vela menores de 6 metros de eslora.
Licencia de Navegacion
Licencia de Navegación Título Náutico

Licencia de Navegación

-antiguo Titulín-

 
ATRIBUCIONES: Gobierno de embarcaciones de recreo de hasta 6 metros de eslora y una potencia de motor adecuada a las mismas según su fabricante, que habilitarán para la realización de navegaciones diurnas siempre que no se alejen más de 2 millas náuticas en cualquier dirección de un puerto, marina o lugar de abrigo. Gobierno de motos náuticas de clase C con las mismas limitaciones indicadas para las embarcaciones.
 
CONDICIONES: -Haber cumplido 16 años con permiso paterno.
-Realizar un reconocimiento médico.
-Asistir a un curso en una Escuela Náutica autorizada.
-Expedición del título por la propia Escuela.
Patron de Navegacion Basica

Patrón para Navegación Básica

 
ATRIBUCIONES: Gobierno de embarcaciones de recreo de hasta 8 metros de eslora, con la potencia de motor adecuada a la misma, siempre que la embarcación no se aleje más de 5 millas, en cualquier dirección, de un abrigo. Además podrán gobernar motos náuticas.
 
CONDICIONES: -Haber cumplido 18 años o en su defecto tener 16 años y un permiso paterno.
-Superar un reconocimiento médico.
-Aprobar un examen tipo test de 27 preguntas.
-Realizar unas prácticas básicas de seguridad y navegación, cuya duración serán de 8 horas impartidas en el barco-escuela.
-Para la habilitación para el gobierno de embarcaciones a vela (veleros) será preciso, además de realizar las prácticas anteriores, realizar unas prácticas específicas a vela de 16 horas.
-Realizar las prácticas de radiocomunicaciones de 4 horas en un simulador homologado en la Escuela.-Solicitar la expedición del título.
Patrón Navegación Básica Título Náutico
Patron Embarcaciones Recreo PER
Patrón Embarcaciones de Recreo Título Náutico

Patrón de Embarcaciones

Recreo P.E.R.

 
ATRIBUCIONES BÁSICAS: Gobierno de embarcaciones de recreo a motor de hasta 15 metros de eslora y potencia de motor adecuada, para la navegación en una zona comprendida entre la costa y la línea paralela a la misma trazada a 12 millas, así como la navegación interinsular en los archipiélagos balear y Canario.
 
ATRIBUCIONES ADICIONALES, NAVEGACIÓN ENTRE LAS ISLAS Y LA PENÍNSULA: Gobierno de embarcaciones de recreo a motor de hasta 24 metros de eslora, que faculta para navegar entre la península ibérica y las Islas Baleares.
 
CONDICIONES: -Haber cumplido 18 años.
-Superar un reconocimiento médico.
-Aprobar un examen tipo test de 45 preguntas.
-Realizar unas prácticas básicas de seguridad y navegación, cuya duración será de 16 horas impartidas en el barco-escuela.
-Para la habilitación para el gobierno de embarcaciones a vela (veleros) será preciso, además de realizar las prácticas anteriores, realizar unas prácticas específicas a vela de 16 horas.
-Realizar curso de radio-operador de corto alcance de 12 horas en un simulador homologado en la Escuela.
-Solicitar la expedición del título.
 
CONDICIONES ATRIBUCIONES ADICIONALES: - Realizar unas prácticas de navegación adicionales de 24 horas en régimen de singladura (seguidas).
Patron de Yate PY

Patrón de Yate P.Y.

 
ATRIBUCIONES: Gobierno de embarcaciones de recreo a motor de hasta 24 metros de eslora y una potencia de motor adecuada, para la navegación en una zona comprendida entre la costa y la línea paralela a la misma trazada a 150 millas, así como la navegación interinsular en los archipiélagos balear y canario. Además podrán gobernar motos náuticas.
 
CONDICIONES: -Estar en posesión del título de Patrón de Recreo.
-Haber cumplido 18 años.
-Realizar un reconocimiento médico.
-Superar los exámenes de 4 asignaturas independientes .
-Realizar unas prácticas básicas de seguridad y navegación, cuya duración será de 48 horas impartidas en el barco-escuela. debiendo realizar, por lo menos, una guardia de navegación completa de día y otra de noche.
-Para la habilitación para el gobierno de embarcaciones a vela (veleros) será preciso, además de realizar las prácticas anteriores, realizar unas prácticas específicas a vela de 16 horas.
-Realizar curso de radio-operador de corto o largo alcance de 12 horas en un simulador homologado en la Escuela. *Si ya lo tiene, no es necesario.
-Solicitar la expedición del título.
Patrón de Yate Título Náutico
Capitan de Yate PY
Capitán de Yate Título Náutico

Capitán de Yate C.Y.

 
ATRIBUCIONES: Gobierno de embarcaciones de recreo a motor de hasta 24 metros de eslora, que faculta para la navegación sin límites geográficos. Además podrán gobernar motos náuticas.
 
CONDICIONES: -Estar en posesión del título de Patrón de Yate.
-Haber cumplido 18 años.
-Realizar un reconocimiento médico.
-Superar los exámenes de 4 asignaturas independientes.
-Realizar unas prácticas básicas de seguridad y navegación, cuya duración será de 48 horas impartidas en el barco-escuela, 36 de ellas serán en régimen de travesía, debiendo realizar cada alumno, por lo menos, una guardia de navegación completa de día y otra de noche.
-Para la habilitación para el gobierno de embarcaciones a vela (veleros) será preciso, además de realizar las prácticas anteriores, realizar unas prácticas específicas a vela de 16 horas.
-Realizar curso de radio-operador de corto o largo alcance de 12 horas en un simulador homologado en la Escuela. *Si ya lo tiene, no es necesario.
-Solicitar la expedición del título.
Navegacion a Vela y Veleros

Navegación a Velapara Patrón de Navegación Básica, Patrón de Recreo, Patrón de Yate y Capitán de Yate

 
ATRIBUCIONES: Gobierno de embarcaciones de recreo a vela con las mismas atribuciones que corresponda a cada título, su obtención se realizará una sola vez siendo válido para todos los títulos.
 
CONDICIONES: -Querer obtener una titulación náutica, poseer o haber aprobado el examen teórico de alguno de los títulos de Patrón de Navegación Básica, Patrón de Recreo, Patrón de Yate o Capitán de Yate.
-Realizar 4 salidas de prácticas a vela de 4 horas cada una, en total 16 horas.
Navegación a Vela Título Náutico
Patron Profesional Embarcaciones PPER
Patrón Profesional Embarcaciones Recreo PPER

Patrón Profesional de Embarcaciones de Recreo P.P.E.R.

 
ATRIBUCIONES: Gobierno de embarcaciones matriculadas en lista sexta o séptima, siempre y cuando no haya más de 12 personas embarcadas, incluida la tripulación, en embarcaciones de recreo de eslora igual o inferior a 24 metros, a lo largo de la costa española y dentro de la zona comprendida entre ésta y la línea de 60 millas paralela a la misma.
 
Debemos tener en cuenta que el Patrón Profesional de Recreo PPER no es un Título Náutico en sí, se trata de una habilitación para trabajar legalmente en embarcaciones de recreo. Nuestro título náutico será siempre y en todo momento el de Capitán de Yate.
 
PRECONDICIONES: - Haber cumplido 20 años de edad.
- Estar en posesión del título de Capitán de Yate.
- Aportar una declaración responsable en la que se acredite con indicación del nombre del buque y su matrícula haber navegado, al menos 50 días y 2.500 millas, incluyendo por lo menos cinco travesías de más de 60 millas, medidas a lo largo de la ruta navegable más corta de un puerto de zarpada a uno de destino, ejerciendo como patrón durante la travesía; esta singladura deberá ser de altura y de una duración mínima de 48 horas.
- Estar en posesión de los certificados de especialidad: Operador general o restringido del Sistema Mundial de Socorro y Seguridad Marítima. GMDSS. Formación Básica. Buques de Pasaje, antiguo Ro-Ro. Formación Sanitaria Básica.
Lucha contraincendios nivel avanzado. Embarcaciones de Supervivencia y Botes de Rescate (No Rápidos).
 
CONDICIONES: Superar un reconocimiento médico de embarque marítimo realizado por el Instituto Social de la Marina.
- Superar una prueba de conocimientos que se realiza en la Dirección General de la Marina Mercante, sita en Madrid. Exámenes en Marzo/Abril y Octubre.
- Obtener la libreta de inscripción marítima.
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