Preguntas más frecuentes
Cursos de Recreo
Hay preguntas de examen excluyentes en Patrón Básica PNB y Patrón de Recreo PER
Si, hay una serie de temas que hacen que no seas apto, aunque tengas todo lo demás perfecto.
Puedo examiname de Patrón de Yate o Capitán de Yate directamente
No, primero debes disponer del Título de Patrón de Embarcaciones de Recreo PER, y luego examinarte de Patrón de Yate.
Si dispongo del Patrón de Yate o Capitán de Yate,puedo navegar a más de 60 millas de la costa.
El titulo de Patrón de Yate nos habilita para navegar hasta 150 millas de la costa y una embarcación de hasta 24 metros de eslora.
De qué plazo dispongo después de haber aprobado el examen para hacer las prácticas.
Un vez has aprobado el curso del cual te hayas presentado, PNB, PER, Patrón de Yate o Capitan de Yate. Dispondrás de 2 años para realizar las practicas y presentar toda la documentación. No pasarse de los 24 meses. Si no lo realizas antes de los 24 meses perderas el examen teorico que hayas realizado
Puedo examinarme sin haber hecho las prácticas:
Como puedo matricularme al examen en mi comunidad, y en las Islas Baleares
Se puede realizar el examen donde se desee y las practicas en la comunidad que nos sea mas idónea. Es muy importante saber que el alumno tendrá que presentar toda la documentación para obtener su titulación en el lugar donde se ha aprobado el examen teórico. No siendo válido presentarlo en otra comunidad autónoma.
C/ Gremi de Corredors, 10 (Polígon Son Rossinyol).
07009
Andalucía: Instituto andaluz del deporte
Aragón: Dirección General de la Marina Mercante
Asturias: Dirección general de pesca. Consejería de medio ambiente y desarrollo rural
Cataluña Departamento de agricultura, alimentación y acción rural
Canarias Consejería de agricultura, ganadería, pesca y alimentación
Ceuta Instituto ceutí de deportes
Galicia Consejería de pesca y asuntos marítimos
Madrid Dirección General de la Marina Mercante
Melilla Consejería de Deporte y Juventud
Murcia Consejería de obras públicas, vivienda y transportes
Pais Vasco Departamento de agricultura, pesca y alimentación
Valencia Consejería de infraestructuras y transportes
Si he hecho las prácticas y no me he examinado de teoría de cuanto tiempo dispongo:
Se dispondrá de 2 años a contar desde la realización de las practicas y la fecha de presentación y el APTO en el examen, contando con el mismo tiempo de estos años para realizar todos los tramites de presentación antes de que finalicen los 2 años, sino pueden caducar las practicas y se tengan que realizar otra vez.
Si me presento al examen de PER, no lo apruebo, pero salgo Apto para el PNB. Y no quiero volver a presentarme del PER: Qué tengo que hacer.
Solicitar el certificado de APTO para el Patrón de Navegación Básica, PNB.
Si me presento al examen de PER y salgo APTO para el PNB pero deseo presentarme otra vez al examen PER.
Cuando nos hemos presentado al PER y nos sale apto PNB, pero deseo obtener el PER, tenemos 2 convocatorias seguidas para obtener el PER, efectuando el examen solo de la parte especifica del PER, y no tener que repetir el examen entero del Per si el alumno así lo desea.
Que sucede si me presento al examen de Patrón de Yate y solo apruebo uno de los dos módulos, el genérico o el de navegación.
Que sucede si me presento al examen de Capitán de Yate y solo apruebo uno de los dos módulos.
Es igual que con el Patrón de Yate, tendremos 2 convocatorias consecutivas para presentarnos al modulo que nos falte para obtener el Apto.
Cursos Profesionales
¿Que significa convenio STCW?
La Convención Internacional en Estándares de Formación, Certificación y Vigilancia para la gente de mar (STCW) del 1978 situa un conjunto de estándares de cualificación mínima para capitanes, oficiales y personal de la Marina Mercante.
Para ser PPER para navegaciones a 150 millas de la costa. ¿Qué debo hacer?
Según la nueva Normativa, un PPER que haya ejercido durante dos años y lo pueda demostrar, y efectué el Curso Puente del Radio Restringido al Radio General, se le amplia su Titulación a 150 millas.
¿ Cuando puedo tener el Titulo de Patrón Portuario ?
Primero tienes que tener el Certificado de Formación Básica en Seguridad. Despues haber realizado el curso de Patrón Portuario en una escuela homologada para este Titulo, necesitaras realizar el Certificado de Formación Sanitaria Inicial y el Titulo de Operador de Radio Restringido. Ademas deberas aportar los días de mar que se necesitan: 1 año de marinero, si la embarcación donde hemos trabajado no tiene doble tripulación de maquinas y de puente, con un año de marinero sera suficiente, si la embarcación tiene tripulación de maquinas y tripulación de puente, deberas realizar 6 meses en cada uno de los departamentos. Estos días de mar tienen que ser en el Regimen General del Mar y con barcos de bandera española. Tamibien se necesita un Patrón enrolado en el barco durante el mismo periodo de tiempo que estes tu. Este Patrón puede ser; Patrón Portuario, PPER, Patrón de Altura, Piloto de 2ª Clase de la Marina Mercante, Piloto de 1ª Clase de la Marina Mercante o Capitan de la Marina Mercante. Siendo mayor de 20 años para obtener el Titulo de Patrón Portuario.
¿Se puede efectuar algún tramite teniendo el Patrón Portuario por algun Titulo de Recreo ?
Si, cuando obtienes el Titulo de Patrón Portuario se puede solicitar la Titulación del PER, Patrón de Embarcaciones de Recreo. Este es uno de los pasos que se puede efectuar para poder obterer el PPER. Tenemos que recordar que el PPER es la suma de cursos de recreo y cursos profesionales, ademas de un examen en Madrid en la DGMM de legislación.
¿ Que se necesita para obtener el PPER ?
Ser mayor de 20 años. Tener el PER, Patrón de Yate y Capitan de Yate. Ademas de los Certificados Profesionales de: Formación Básica en Seguridad, Buques de Pasaje, Operador de Radio Restringido, Formación Sanitaria Inicial, Botes de Rescate No Rapidos y Avanzado Contra Incendios. Ademas tendremos que efectuar un examen de Legislación en Madrid en la DGMM. Efectuar una Declaración responsable donde aportaremos 50 días y 2.500 millas, de las cuales cinco travesias de mas de 60 millas y una singladura de 48 horas. Al finalizar y obtener el PPER podremos llevar barcos de bandera Española, de hasta 24 metros de eslora y 12 personas incluida la tripulación.
¿ Se puede tener el Titulo de PPER y el de Patrón Portuario ?
Si, y ademas lo recomendamos. La parte de los cursos profesionales son casi los mismos el único Certificado que nos faltaria seria el de Avanzado Contra Incendios, y los cursos de Recreo hasta el Capitan de Yate. La ventaja de tener las dos Titulaciones es que podemos trabajar con el PPER en barcos de Charter, barcos Privados, efectuar traslados de las Islas Baleares a la Peninsula y viceversa, etc. y con el Portuario en barcos de hasta 150 pasajeros. Muchos de nuestros alumnos han empezados con cualquiera de las dos Titulaciones y al final han obtenido todo, lo cual te permite tener un abanico de posibilidades de trabajo mucho mas amplia.
¿ Que titulación se necesita para ser Patrón en Golondrinas o similares ?
Para poder ser Patrón de una Golondrina, Barcos de excursiones, Catamaranes, etc. Deberemos tener: El Titulo de Patrón Portuario, el cual nos habilita para llevar barcos hasta 150 pasajeros, pero no podemos alejarnos mas de 3 millas de puerto, si el número de pasajeros es inferior aproximadamente a 12 o 15 personas, podremos alejarnos 3 millas de una zona de refigio a otra, simpre que no supere entre ellas las 3 millas. Ademas tendremos que tener el Certificado de Buques de Pasaje, y el de Botes de Rescate No Rapidos.
¿ Como puedo obtener el Marinero de Puente ?
Se tiene que realizar el Certificado de Marinero de Puente, La duración del curso son 70 horas de las cuales 45 horas son de teoria y 25 de practicas en barco.
2. SIRVEN LAS PRACTICAS DE CORTO ALCANCE (RADIO DEL PER) PARA TRAMITAR EL PNB?
SI, ADEMAS SI LUEGO UNA VEZ EXPEDIDO EL PNB LE SIRVEN 24 MESES PARA USARLAS POR SI APRUEBA EL PER EN UN FUTURO
3. SIRVEN LAS PRACTICAS DEL PER PARA TRAMITAR EL PNB
NO, HAY QUE REPETIR Y HACER 8 HORAS EXCLUSIVAS DE PNB
4. ME PONDRAN ALGUNA SANCION SI HE DEJADO CADUCAR HACE BASTANTE MI TITULO NAUTICO
NO, MIENTRAS NO TE PAREN NAVEGANDO
5. PUEDO HACER LAS PRACTICAS DE VELA O AMPLIACION EN UN FUTURO?
SI, EN CUALQUIER MOMENTO PERO A PARTE DEL COSTE DE LAS PRACTICAS HAY QUE PAGAR UNA PEQUEÑA TASA DE EXPEDICION DE NUEVO (50 EUROS)